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Alta como autónomo: qué implica el trámite

Darse de alta en el régimen de trabajadores por cuenta propia es un trámite distinto del alta censal en Hacienda. Conviene no confundirlos.

Seguridad Social

Son dos altas, no una

Empezar por tu cuenta implica dos trámites con administraciones distintas: la declaración censal ante la AEAT y el alta en el régimen de trabajadores por cuenta propia ante la Seguridad Social.

Se hacen en organismos diferentes, con documentación diferente. Hacer uno no hace el otro.

Qué suele hacer falta

  • Documento de identidad, DNI o NIE.
  • Número de afiliación a la Seguridad Social.
  • Datos de la cuenta bancaria para la domiciliación.
  • Los datos de la actividad que vas a ejercer.

Comprueba el trámite vigente

Los plazos de comunicación, las bases de cotización y las bonificaciones cambian con frecuencia y dependen de tu situación.

Consulta la sede de la Seguridad Social antes de dar por hecho nada de lo que hayas leído en otro sitio, incluido este.

Fuentes oficiales y revisión

Contenido revisado el 24 de julio de 2026.

Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Antes de presentar nada, revisa la fuente oficial: la normativa cambia y la fecha de revisión te dice hasta cuándo comprobamos este contenido.

¿Y en tu caso concreto?

Esta guía es general. Isaak puede mirar tu situación y decirte qué te aplica. Crea una cuenta gratuita y pégale esta pregunta para empezar.

He leído «Alta como autónomo: qué implica el trámite» en la ayuda de Isaak. ¿Cómo se aplica a mi caso?

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