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Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión (régimen comunitario)

Si eres familiar de un ciudadano de la UE o del EEE que reside en España, no vas por el régimen general de extranjería, sino por el comunitario, que es más favorable.

Ministerio del Interior · Migraciones

Otro régimen, más favorable

Los familiares de ciudadanos de la Unión Europea (o del Espacio Económico Europeo y Suiza) que residen en España se rigen por el régimen comunitario, no por el general de extranjería.

Es un régimen distinto y, en general, más favorable, con su propia tarjeta: la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Quién es familiar a estos efectos

  • El cónyuge o la pareja registrada del ciudadano de la Unión.
  • Los descendientes directos menores o dependientes.
  • En ciertos casos, ascendientes a cargo. Los supuestos exactos los fija la norma del régimen comunitario.

No lo confundas con el régimen general

Ir por el régimen que te corresponde importa: los requisitos y los derechos no son los mismos que en el general. Si tu vínculo es con un ciudadano de la UE, casi seguro es el comunitario.

Los detalles y los requisitos cambian; consulta la fuente oficial enlazada al pie y, ante la duda, asesoramiento especializado.

Fuentes oficiales y revisión

Contenido revisado el 26 de julio de 2026.

Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Antes de presentar nada, revisa la fuente oficial: la normativa cambia y la fecha de revisión te dice hasta cuándo comprobamos este contenido.

¿Y en tu caso concreto?

Esta guía es general. Isaak puede mirar tu situación y decirte qué te aplica. Crea una cuenta gratuita y pégale esta pregunta para empezar.

He leído «Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión (régimen comunitario)» en la ayuda de Isaak. ¿Cómo se aplica a mi caso?

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